Ley de la Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas gracias a nuestros abogados que te ayudarán a acogerte a este mecanismo pensado para particulares y autónomos. La mejor solución a tus problemas financieros. Comienza ya tu nueva vida.

 

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Es un mecanismo que ofrece a personas físicas (particulares) y autónomos la posibilidad de liberarse de deudas que no pueden afrontar. Esta ley proporciona un marco legal que permite superar situaciones de sobreendeudamiento consiguiendo un plan de pagos y la cancelación de deudas.

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Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Situación de insolvencia

Debes demostrar que te encuentras en una situación de insolvencia, lo que significa que no puedes hacer frente a tus deudas actuales.

No haberse acogido en los últimos 5 años

No puedes haber utilizado este mecanismo en los últimos 5 años desde la fecha de la concesión de la exoneración de deudas anterior.

Buena fe

No debes ocultar bienes y tienes que facilitar toda la información o documentación que solicite el juez para el procedimiento.

No tener antecedentes penales

No puedes haber sido condenado por delitos económicos, contra el patrimonio o contra la Seguridad Social o Hacienda.

Deuda total

La deuda total no debe exceder los 5 millones de euros.

Tener más de 2 acreedores

Debes tener deudas con dos o más acreedores.

¿Estás interesado?

No dudes en contactarnos y resolveremos y apoyaremos en todas tus decisiones juridicas.

Beneficios de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

01

Exoneración de deudas

02

Paralización de llamadas de acoso

03

Cancelación de datos en listados de morosos

04

Paralización de embargos

05

Suspensión de pagos a acreedores

0 +

Años asesorando

0 +

Casos de exito

0 M +

Deudas canceladas

0 % +

Tasa de éxito en exoneraciones

Consultas sobre Ley de Segunda Oportunidad

Para acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad, es esencial cumplir ciertos requisitos y seguir un proceso legal específico. Primero, debes demostrar que actúas de buena fe, lo cual incluye, por ejemplo, no haber sido declarado culpable de delitos económicos. También es fundamental presentar documentación detallada de tu situación financiera.

En reclamador.es, entendemos que este proceso puede parecer complicado y que cualquier pequeño fallo puede conllevar el fracaso de tu nueva oportunidad financiera. Por eso, nuestro equipo legal experto en la Ley de Segunda Oportunidad te ayuda en cada paso del camino hasta que consigues empezar de nuevo. Te ofrecemos asesoramiento integral, con una evaluación inicial de tu caso en pocos pasos. Conseguimos por ti la documentación que necesitas para acogerte a este mecanismo y nos encargamos de todo hasta que obtienes tu solución.Completa nuestro formulario y en pocos pasos sabrás si puedes acogerte a la LSO. Nosotros nos encargamos del resto.

Por un lado, como ventajas, una de las principales es que se paralizan los embargos. Otro de los pros de la LSO es que se suspenden los pagos a acreedores y, además, puedes conseguir salir de los listados de morosos. Gracias a esta ley, también dejan de aumentar los intereses de las deudas.

Respecto a las desventajas de la Ley de Segunda Oportunidad, destacar que no todas las deudas se pueden cancelar y que deben existir deudas con varios acreedores, sin olvidarnos del coste del procedimiento.

Las deudas no exonerables por la Ley de Segunda Oportunidad que recoge el BOE son:

  • Deudas por responsabilidad civil extracontractual, por muerte o daños personales, así como por indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional
  • Tampoco se pueden cancelar las deudas por responsabilidad civil deriva de delitos.
  • Las pensiones de alimentos.
  • Salarios correspondientes a los últimos 60 días de trabajo efectivo realizado antes de la declaración de concurso o salarios devengados durante este procedimiento.
  • Las deudas por créditos de Derecho público.
  • Deudas por multas a que hubieras sido condenado en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves.
  • Las deudas por costas y gastos judiciales derivados de la tramitación de la solicitud de exoneración.
  • Las deudas con garantía real, como por ejemplo, la hipoteca, hasta el valor que cubre la propia garantía.
  • Otras deudas que declare el juez que no pueden ser exonaradas.

Con esta ley, la mayoría de tus deudas pueden cancelarse. Entre ellas, las principales son préstamos, hipotecas, microcréditos, deudas de las tarjetas de crédito o facturas. Además, puedes quitarte las deudas con Hacienda o la Seguridad Social, siempre que estas últimas sean inferiores a 10.000 € cada una. 

Sí, la Ley de Segunda Oportunidad permite a particulares y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos, acogerse a esta ley para cancelar total o parcialmente sus deudas. 

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